martes

“Abogados Generalistas & Abogados Especialistas en el Paraguay”

Ponencia presentada en el
III CONGRESO NACIONAL DE PRÁCTICA PROFESIONAL-
Azul, República Argentina

Comisión 3: Abogados Generalistas vs. Especializados. Fortalezas y debilidades.

1. FORMACION JURIDICA DEL ABOGADO

Cabe destacar, en primer término, que en la República del Paraguay, la universidad más antigua es la Universidad Nacional de Asunción, del año 1889, esta Universidad optó por los programas de estudios en vigencia en varias universidades latinoamericanas y europeas de la fecha; donde la insistencia consistía en la formación humanista y positivista conforme a la tendencia desde los inicios del siglo XX.-

La siguiente Universidad, en el orden de antigüedad es la Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción, del año 1960. La nueva entidad de enseñanza ha tomado como modelo de los programas en vigencia en la propia Universidad Nacional de Asunción y otras universidades, pero con una acentuación en la formación humanista y teológica por tratarse de una Universidad dependiente de la iglesia católica.-

Las otras universidades creadas con posterioridad, si bien, son de creaciones recientes, aún siguen insistiendo en la formación integral del profesional del Derecho, tomándose los programas de estudios y distribuyéndose las materias de acuerdo a un orden secuencial según la organización de cada facultad.-

Esta circunstancia, pone de relieve que la formación profesional en el aprendizaje y la práctica del derecho conlleva el gran desiderátum de la formación integral de los profesionales del derecho, como un agente capaz de conocer los grandes problemas sociales y al mismo tiempo, constituirse en un agente capaz de plantear las soluciones, mediante organizaciones adecuadas, leyes idóneas, al mismo tiempo para constituirse en un agente con una visión exacta de los futuros problemas sociales y humanos que van acaeciendo naturalmente con el transcurso del tiempo.-

Conviene concluir que, hasta ahora, la mayoría de las Universidades en la República del Paraguay, aún apuesta a una formación integral del hombre de Derecho, hoy ya denominada formación generalista del derecho, ultra positivista, y de esa manera fundar el curriculum y la metodología en los principios, que como ciencia jurídica fundamenta la propia existencia del derecho en calidad de ciencia.

Sin destacar la necesidad contemporánea de la especialización que nuestra universidad y otras, reservan para los Cursos de Postgrado, cabe recordar que el propio Ortega y Gasset ya señalaba:- “La barbarie de los especialistas”, razón por la cual considera, nuestra institución que la especialización deberá llegar con posterioridad a la formación integral(formación de grado) y con algunas condiciones de carácter académico, así mismo, indudablemente, deberá ejecutarse en armonía con la necesidad del mercado laboral.-

2. ESQUEMA LEGISLATIVO

En este aspecto, cabe considerar, que si bien todas las ramas del Derecho responden a principios comunes, con las características particulares de cada materia a ser tratada legislativa y jurisdiccionalmente; nuestra legislación positiva se ocupa como en la mayoría de los países cuyas instituciones jurídicas son de origen latino, en áreas definidas como: área penal, laboral, contencioso administrativo, que incluye tributario, propiedad intelectual, niñez y adolescencia, y el área más extenso el civil y comercial (bancario, sociedades), derecho electoral. Es importante resaltar que la unificación en el Paraguay de las obligaciones civiles y comerciales ha dado nacimiento a un gran estatuto donde la mayor parte de las relaciones jurídicas caen dentro de sus previsiones; al mismo tiempo gozan de un fuero común y de un código procesal común, con ello se puede afirmar que, el 50% de los problemas jurídicos cuenta con una legislación material común y legislación procesal común.-

En materia laboral, cuenta con un código procesal laboral, con plazo abreviado, pero en caso de laguna deberá completarse con las disposiciones del Código Procesal Común.-

La niñez y la adolescencia, el fuero electoral y el fuero penal, cuentan con legislación procesal propia, es decir, cuentan con un procedimiento distinto al procedimiento ordinario.-

Este panorama legislativo y jurisdiccional demuestra la existencia de una gran dispersión normativa que en el ejercicio práctico del derecho impide al profesional del derecho un conocimiento total y acabado de una de estas materias reguladas por las distintas y no pocas ramas del Derecho existentes en la vida actual.-

Como se pude notar, la práctica de la abogacía, en nuestra vida contemporánea, requiere una dedicación casi exclusiva a algunas ramas del derecho, sin que esta circunstancia impida el conocimiento de las otras.-

Además, a esto se suma la exigencia del mercado laboral, donde hoy en día para un problema jurídico completo suele inclinarse por aquel profesional dedicado al ejercicio en el fuero respectivo donde se dirimirá la controversia.-

También, deberá sumarse a esta exigencia actual del mercado laboral, otra que por vía de hecho impone la necesidad de la dedicación exclusiva, en aquellos fueros, como el fuero penal, donde los juicios ocupan todo el tiempo profesional del Derecho, lo mismo ocurre con los procesos laborales, de la niñez y adolescencia, y electorales.-

Esta necesidad de dedicación exclusiva, impuesta por la complejidad de los problemas sociales actuales, y por la multiciplidad de los problemas jurídicos, no constituye una especialización, simplemente una exclusividad en la dedicación por imposición de la necesidad y la exigencia de los procesos actuales del Derecho.-

3. CONCLUSION

Tal como se presenta el problema actual, requiere de un tratamiento curricular y metodológico apropiado, para encontrar una solución apropiada a las cuestiones que se presentan en la realidad cotidiana de la vida y que nos lleva a un enfrentamiento casi grosero entre la idea de la formación de un Abogado Generalista y un Abogado Especialista.-

La Universidad deberá ofrecer, la información necesaria, completa, y actualizada a sus educandos de la legislación positiva y principios jurídicos tanto tradicionales como pétreos que ha construido la humanidad y los nuevos principios jurídicos elaborados por la sociedad actual de acuerdo a la evolución de la ciencia, la tecnología, valores y de los objetivos télesis del Derecho (llámese derecho informático, llámese firma electrónica, llámese derecho ambiental, llámese urbanístico, llámese Derechos Humanos de quinta generación, llámese nuevos factores de atribución de la responsabilidad, llámese Derecho del Consumidor, o cualquier otro acto humano que merezca una protección jurídica).-

Este conjunto de información principista y positivista es la función esencial de la Universidad en la formación de grado. Si bien, es necesario reconocer que cada día resulta un poco más difícil y más compleja y requiere de mayor tiempo y concentración, en la formación del Hombre de Derecho. Sin embargo, el papel de la Universidad, para habilitar el ejercicio profesional, mediante la entrega del título, es la formación completa del Hombre de Derecho.-

En cuanto a la Especialización, que indudablemente, deberá constituir, otra fase de la formación del Abogado, debe comprender la siguiente etapa, post formación generalista, es decir una formación de Postgrado, que tenga una finalidad de profundización del estudio en determinadas áreas del derecho, sin excluir, los conocimientos necesarios de las otras ramas, a fin de evitar el conocimiento amputado o cercenado del Derecho y evitar llegar a la lapidaria calificación de Ortega y Gasset a los especialistas.-

Finalmente, se reconoce la necesidad de especialización, tanto del conocimiento científico, como del ejercicio de la abogacía, mediante previa formación generalista sólida.-

2 comentarios:

  1. Muy buenos y exactos los puntos tocados Dr. es cierto que la especializacion es necesaria y de fundamental rol en la formacion completa de un profecional del derecho, pero hay que aclarar y como bien lo menciona el escrito mas arriba que es importante el generalismo por la ramificacion y ampliamiento del derecho hoy en dia en especial en le ambito civil. Desde mi punto de vista lo negativo de las especializaciones es el encierro en 1 solo medio o rama habiendo tanto campo hoy en dia. muchas gracias por el espacio! Josè Luis Martinez, estudiante de derecho 5to año de la universidad del norte (itaugua)

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  2. Blog muy interesante, en el Estudio Jurídico lo seguimos, y leemos cada publicación, ya que excede lo estríctamente jurídico y da herramientas al abogado para el ejercicio de la profesión en el día a día.
    Sigan posteando cosas como éstas.
    Fdo. Dr. Romero Resek
    Saludos Cordiales y estamos a su disposición en Posadas, Misiones, Argentina.

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